Cuentas anuales e Informe de Auditoria

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Retribuciones e indemnizaciones

La remuneración del máximo representante de la Sociedad queda estipulada por el artículo 7 del real Decreto 451/2012 de 5 de marzo.

Autorización para actividad privada al cese de altos cargos e indemnizaciones percibidas con ocasión del abandono del cargo: desde la aprobación de la Ley de Transparencia, no se ha recibido solicitud de autorización para actividad privada por parte del Presidente saliente, ni tampoco se ha indemnizado a ningún presidente con ocasión del abandono del cargo.

La remuneración del máximo representante de la Sociedad queda estipulada por el artículo 7 del real Decreto 451/2012 de 5 de marzo.

2021: 171.811,96 €

2022: 170.366,9 €

Observaciones:

  • del 1 de enero al 12 de enero: 20.839,18 €
  • Del 12 de enero al 31 de diciembre: 149.527,72 €

Bienes y derechos

Los bienes y derechos pertenecientes a Ineco a cierre del año 2022.

  • La composición del Inmovilizado intangible a cierre de 2022 es la siguiente: 
31/12/2022
Coste
Aplicaciones informáticas 2.104.178 €
Amortización acumulada
Aplicaciones informáticas -1.427.218 €
676.960 €
  • La composición del Inmovilizado material a cierre de 2022 es la siguiente
31/12/2022
Coste
Terrenos y construcciones 13.190.920 €
Instalaciones 5.193.145 €
Mobiliario 1.463.061 €
Equipos para procesos de información 8.188.875 €
Otro inmovilizado 875.708 €
28.911.709 €
Amortización acumulada
Terrenos y construcciones -9.290.027 €
Instalaciones -3.719.206 €
Mobiliario -1.062.815 €
Equipos para procesos de información -6.435.840 €
Otro inmovilizado -305.949 €
-20.813.837 €
8.097.872 €

Consejo de Administración

La cuantía de las dietas por asistencia a los Consejos de Administración que pueden cobrar los Consejeros de INECO está limitada a una cantidad anual de 11.994 euros, de acuerdo con lo establecido en el apartado segundo de la Orden Comunicada del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas de 8 de enero de 2013, por la que se aprueban las cuantías máximas de las compensaciones por asistencia a los Consejos de Administración de sociedades mercantiles estatales.

Dicha cantidad se ha de dividir entre seis, que es el número máximo de sesiones anuales que son compensadas a los Consejeros, por decisión del propio Consejo de Administración de INECO. Por tanto, por cada sesión del Consejo de Administración, los Consejeros asistentes cobran 1.999 euros en concepto de dietas. Si, en un año, fuera necesario celebrar más de seis sesiones del Consejo, los Consejeros no percibirán cuantía adicional. Por el contrario, si se participa en menos de seis sesiones, se percibe una cantidad anual inferior a la máxima.

Las cantidades citadas en los párrafos anteriores no son aplicables a los Consejeros que tengan la condición de Alto Cargo, ya que estos no cobran dieta alguna. El importe que les correspondería se ingresa directamente en el Tesoro.

Las dietas percibidas por la totalidad de los miembros del Consejo de Administración en el último ejercicio ascendieron a 174.761 €.

Las cantidades citadas en los párrafos anteriores no son aplicables a los Consejeros que tengan la condición de Alto Cargo, ya que estos no cobran dieta alguna. El importe que les correspondería se ingresa directamente en el Tesoro.

Las dietas percibidas por la totalidad de los miembros del Consejo de Administración en el último ejercicio ascendieron a 174.761 €.

Deuda financiera

La empresa no ha requerido de deuda financiera para el desarrollo de su actividad

Encargos

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Ingresos y subvenciones

Puedes descargar el detalle de ingresos y subvenciones pulsando en el siguiente enlace

Sistema Europeo de Cuentas

Ineco se clasifica como “Sociedad no Financiera Pública” de acuerdo al Sistema Europeo de Cuentas (SEC). La administración que ejerce control sobre la Sociedad (de conformidad con el art. 107 de la ley 40/2015) es el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Ineco se clasifica como “Sociedad no Financiera Pública” de acuerdo al Sistema Europeo de Cuentas (SEC). La administración que ejerce control sobre la Sociedad (de conformidad con el art. 107 de la ley 40/2015) es el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Información actualizada a: 01/01/2024
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