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Recuperación de importe restante paga extraordinaria de 2012

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En virtud de lo dispuesto en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016, a finales del mes de enero se hará efectivo el abono de la parte pendiente del importe dejado de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria de diciembre de 2012. El cómputo de las cantidades correspondientes se efectuará con arreglo a las normas laborales y convencionales vigentes en el momento de su devengo.

El personal que prestó sus servicios para Ineco entre el 1 de julio y el 31 de diciembre de 2012, pero que haya causado baja con posterioridad, habrá de actualizar los datos de su cuenta bancaria en el caso de que hubiera sufrido alguna modificación respecto a la que se hubiera comunicado en su día. Para ello, deberá enviar un correo electrónico al correo electrónico adminpersonalyrrll@ineco.com, indicando el IBAN de su nueva cuenta bancaria donde desea que le sea transferido el importe correspondiente, adjuntando una fotocopia de su DNI. Si ya hubiera actualizado sus datos bancarios con motivo de las anteriores devoluciones de dicha paga, no será necesario remitirlos nuevamente

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